Tres razones para seguir impulsando las investigaciones de la Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos en materia de DDHH.

Maria Alejandra Aristeguieta

Resultados de la Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos ocurridos en Venezuela en las áreas de detenciones arbitrarias, torturas y otros tratos crueles inhumanos o degradantes, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales

Venezuela en la más deplorable y vergonzosa compañía.

Para los internacionalistas, que conocen la historia de la política exterior de Venezuela desde su creación, y que saben que la misma hasta hace veinte años estaba basada en principios rectores y postulados apegados a los principios generales del derecho internacional como son la cooperación y solidaridad internacional, la indivisibilidad de las políticas internas y externas en favor del desarrollo de un país, la defensa de la democracia como forma de gobierno basado en la institucionalidad, las libertades fundamentales, y los derechos humanos, resulta desolador ver al país que una vez ocupó lugares privilegiados en la escena mundial, ahora subyugado a una ideología del odio y la destrucción, y al lado de los graves violadores de derechos humanos, perpetradores de genocidios y crímenes de guerra como lo son Burundi, la República Democrática del Congo, Myanmar, Siria y Sudán del Sur.

Y al igual que con esos países, en el caso de Venezuela, luego de constatar a través de varios de informes hechos desde el 2017 por la Secretaría de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y debido al creciente deterioro generalizado de los derechos humanos en Venezuela, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU decide en 2019, aprobar un instrumento más robusto para avanzar en la vigilancia y control de esos derechos. Pero, sobre todo, lo hace para abordar la urgente necesidad de establecer un mecanismo investigación y de rendición de cuentas que permita avanzar en la justicia internacional, debido a las claras y evidentes fallas del sistema judicial nacional.

Según se describe en el portal de Internet de la propia oficina del Alto Comisionado, las comisiones de investigación y las misiones de determinación de los hechos “se utilizan cada vez más para responder a situaciones de graves violaciones del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos humanos, tanto si estas son prolongadas, como si se derivan de acontecimientos súbitos, y para promover la responsabilidad por dichas violaciones y combatir la impunidad.” Varios órganos del Sistema de Naciones Unidas recurren a este tipo de mecanismos de investigación y rendición de cuentas, incluyendo, además del Consejo de DDHH, la Asamblea General y el Consejo de Seguridad.   

Es así como se aprueba una Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos ocurridos en Venezuela en las áreas de detenciones arbitrarias, torturas y otros tratos crueles inhumanos o degradantes, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales desde el año 2014 con miras a asegurar la plena rendición de cuentas de los autores y la justicia para las víctimas. La Misión debe durar en principio un año y rendir un informe, el cual fue publicado hace poco más de tres semanas.

  • La valentía de las víctimas en su búsqueda de justicia y reparación.

El informe publicado y presentado en el marco del 45° período de sesiones del Consejo de DDHH, describe con crudeza y en profundidad 223 casos individuales y 2891 violacionesde derechos fundamentales de estas víctimas, de acuerdo con el derecho internacional de derechos humanos. Hablamos de personas de carne y hueso, que tuvieron la valentía de dar su testimonio a los expertos que conformaron la Misión, a pesar de la persecución, de la represión y del desamparo en el que se han encontrado muchos de ellos durante todo este tiempo. 

En las 443 páginas del informe se leen hechos como palizas, asfixias con bolsas o sumergimiento en agua, descargas eléctricas, violencia verbal y física, incluyendo actos de violencia sexual a hombres y mujeres con partes del cuerpo  u objetos, a veces en presencia de otros incluyendo sus familiares, o bajo amenaza de torturas a la víctima o sus familiares, castigos que van desde el aislamiento en sitios oscuros sumamente pequeños, sin ventilación a sitios permanentemente iluminados y con aire acondicionado a muy bajas temperaturas, a suspensión de acceso a medicamentos o comida por muchos días. Todos los lugares de reclusión están llenos de ratas e insectos, casi ningún preso tiene acceso a agua o a unas mínimas condiciones de higiene.

Aunado a lo anterior, el informe describe con lujo de detalles desapariciones forzadas por períodos cortos o largos, sin que los familiares sepan de los paraderos de las víctimas, en algunos casos, con información falsa para burlarse de ellos. Casi todas las personas que han sido detenidas de manera arbitraria pasan un período desaparecidas, sin acceso o contacto con sus familiares o abogados, y muchas veces en ese espacio de tiempo, son golpeados, maltratados y torturados.

En cuanto a las ejecuciones extrajudiciales, se trata de operativos de limpieza o control social, parecidos a los que se leen en informes de países en conflicto armado o donde se desarrolla un genocidio. Miles de personas tanto en el interior del país como en barriadas populares de Caracas fueron ejecutadas por las FAES y el SEBIN o el DGCIM a sangre fría, y en presencia de sus familiares. En uno de los testimonios recogidos por la Misión, se describe como una señora fue desalojada de su casa, junto con las mujeres y niños de su grupo familiar, y vio como ponían de rodillas a los cuatro hombres, cubrían sus caras, y los ejecutaban entre gritos de horror e insultos. Dice que oyó alrededor de diez descargas antes de desmayarse de la impresión por lo que estaba presenciando.

El horror vivido por cada víctima y sus familiares merece el respeto y consideración de todos los venezolanos. Y también la admiración, pues sin su testimonio el informe no hubiese sido posible.

  • Un paso más cerca de las garantías de no repetición.

De manera general, las Misiones Internacionales Independientes y las Comisiones de Encuesta, en tanto que mecanismos de investigación y rendición de cuentas del Sistema de NNUU, han ido evolucionando y constituyéndose en una herramienta clave en materia de justicia penal internacional porque permite recopilar, cotejar y analizar crímenes a los que de otro modo la Comunidad Internacional no tendría acceso, y poner sus hallazgos y pruebas a disposición de instancias nacionales de otros países y de la Corte Penal Internacional, para que sienten las bases de posibles enjuiciamientos internacionales para estos crímenes.

En el caso venezolano, todo lo descrito en el informe de la Misión Internacional Independiente fue perpetrado por funcionarios de rangos medios siguiendo instrucciones de funcionarios superiores, muchos de ellos señalados con nombre y apellido. Además, los expertos establecieron que se evidencian patrones de conducta específicos y violaciones sistemáticas y generalizadas dirigidas desde el Estado como un plan premeditado y a plena consciencia, y que, por tal razón, hay motivos razonables para creer que se han cometido crímenes de lesa humanidad, de acuerdo a los tratados internacionales suscritos por Venezuela, así como su propia legislación interna.

Este material recabado, y el que se recabará en los próximos dos años -luego de que el Consejo de DDHH aprobara el pasado 6 de octubre la extensión del mandato de la Misión-  puede servir,  tal como lo han indicado los expertos, para iniciar acciones legales en contra de los responsables a través de la aplicación de la jurisdicción universal. Existen precedentes en esta materia, tanto dentro del marco de la ONU como fuera de ella. Países como Suiza y Países Bajos han llevado a la justicia a perpetradores de crímenes de guerra o de graves violaciones a los derechos humanos sin que sean nacionales de sus países. Por su parte, Suecia, Alemania y Francia han iniciado investigaciones contra responsables de crímenes cometidos en Siria, mientras las investigaciones continúan en el marco de las NNUU. 

Igualmente, el material puede servir para que actúe la Corte Penal Internacional. En el caso de Myanmar, por ejemplo, los responsables del genocidio están ya bajo investigación tanto de la Corte Penal Internacional, como de la Corte Internacional de Justicia. Bien puede suceder que mientras se siguen las investigaciones sobre Venezuela, la CPI atienda el pedido hecho por los expertos de la Misión Independiente para que tenga en cuenta la necesidad de pronta justicia para las víctimas y se acelere el proceso ya en curso.

En cualquier caso, los perpetradores de los crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela, deben saber que su responsabilidad individual nunca desaparecerá, pues los crímenes de lesa humanidad no prescriben.

Internacionalista, Ex Embajadora designada ante la Confederación Suiza y a cargo de los temas de la ONU en Ginebra. Defensora de DDHH.

@MAA563

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